Jerarquía y Atribuciones del Procurador General

El Procurador General de la República (actualmente ocupado por el señor Iván Vincenti Rojas) es el jerarca superior y la máxima autoridad administrativa y técnica de la Procuraduría General de la República.

1. Funciones Principales

· Dirección Sustantiva: Control y dirección de todos los asuntos jurídicos que ingresan a la institución.

· Gestión Institucional: Supervisión y control del Área de Desarrollo Institucional.

· Asesoría Política: Capacidad de asistir con carácter consultivo a las sesiones del Consejo de Gobierno.

2. Requisitos para el Cargo

Para optar al cargo, el postulante debe cumplir estrictamente con los siguientes criterios:

· Nacionalidad: Costarricense por nacimiento y ciudadano en ejercicio.

· Edad: Mayor de 30 años.

· Formación: Abogado con al menos 10 años de graduado (título reconocido en Costa Rica).

· Experiencia: Mínimo 5 años como litigante activo en tribunales nacionales o 5 años de ejercicio como Procurador.

3. Proceso de Nombramiento y Ratificación

El proceso de selección es un acto compartido entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo:

1. Designación: El Consejo de Gobierno selecciona al candidato tras analizar su expediente y antecedentes.

2. Ratificación: La Asamblea Legislativa debe ratificar el nombre en un plazo de 30 días hábiles.

3. Silencio Administrativo: Si la Asamblea no se pronuncia en el plazo, el asunto se somete a votación inmediata en la sesión siguiente.

4. Suplencia: Durante el proceso de ratificación, el cargo es asumido interinamente por el Procurador General Adjunto o el procurador de mayor antigüedad.

4. Condiciones del Período y Remoción

· Duración: El cargo se ejerce por 6 años con posibilidad de reelección.

· Sustitución: En caso de renuncia o remoción, el sustituto solo completará el período restante del titular anterior.

· Remoción: Solo procede por causa justa debidamente comprobada en expediente secreto por el Consejo de Gobierno, y requiere la ratificación de la Asamblea Legislativa.

Nota Legal Importante: Aunque históricamente se le otorgaban inmunidades de los Supremos Poderes, la Sala Constitucional (Res. N° 6839-2015) declaró inconstitucional dicha prerrogativa para el Procurador General y su Adjunto.

Jerarquía y Atribuciones del Procurador General Adjunto

El Procurador General Adjunto deberá reunir los mismos requisitos que la ley 6815 establece para ocupar el cargo de Procurador General; tendrá las mismas inmunidades y prerrogativas que éste y lo sustituirá en casos de ausencia, falta temporal o legítimo impedimento.

En caso de que se encuentren vacantes los cargos de Procurador General y de Procurador General Adjunto, o cuando estos funcionarios se hallen inhabilitados temporalmente para el ejercicio de sus cargos, el Procurador que tenga más años de servicio en la Institución asumirá, transitoriamente, la Procuraduría General Adjunta.

Actualmente ocupado por El Doctor en Derecho Administrativo  Alonso Arnesto Moya