Procuraduría General de la República de Costa Rica

C-236-2019 Compañía Nacional de Fuerza y Luz S.A

C-236-2019 Compañía Nacional de Fuerza y Luz S.A. Naturaleza jurídica. Empresa pública no estatal. Artículo 331 del código de trabajo. Tarifa diferenciada del seguro obligatorio contra riesgos del trabajo

El Gerente General de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz S.A. (CNFL) solicita precisar la naturaleza jurídica de dicho organismo y en función de ello, si es acreedora de la tarifa diferenciada establecida en el artículo 331 del Código de Trabajo.

El Procurador Alonso Arnesto Moya mediante el dictamen C-236-2019 del 20 de agosto del 2019, determinó:

  1. La CNFL es una empresa pública propiedad del ICE, al ser esta institución la dueña de la mayoría de sus acciones, por lo que no puede ser considerada como una empresa estatal.
  2. El artículo 331 del Código de Trabajo únicamente contempla como organismos públicos beneficiarios de la tarifa diferenciada relacionada con el seguro obligatorio contra riesgos del trabajo al Estado, las instituciones públicas, las empresas estatales y las municipalidades.
  3. En consecuencia, a la CNFL no se le puede otorgar la referida tarifa diferenciada, pues no puede ser considerada como una empresa del Estado, aun cuando sí sea una empresa pública. Ver más.