Procuraduría General de la República de Costa Rica

Los ciudadanos tienen derecho a denunciar los actos de corrupción que cometan los funcionarios públicos o sucedan en las instituciones públicas.

¿Qué puedo denunciar en la PEP?

 

Las actuaciones de los funcionarios públicos que buscan obtener o procurar beneficios ilegítimos para sí mismos o para un tercero, aprovechamiento indebido del ejercicio de cargo, conflictos de intereses, violaciones al deber de probidad, o comportamientos constitutivos de alguno de los delitos contrarios a los deberes de la función pública.

Ejemplo de conductas que puedo denunciar en la PEP:

1. El servidor público que no se abstiene de participar en asuntos a su cargo, que son de su interés directo o de alguno de sus familiares cercanos, o que le generan conflictos de intereses.

2. El funcionario público que ofrezca o desempeñe actividades, en su esfera privada, que comprometan su imparcialidad para el ejercicio del cargo, posibiliten un conflicto de intereses o favorezcan el interés privado en detrimento del interés público.

3. Situaciones de conflicto de intereses que pueden afectar la imparcialidad en el ejercicio de funciones públicas.

4. El funcionario público que solicite o acepte directa o, indirectamente, un regalo, retribución, dádiva o ventaja indebida, para hacer o retrasar un acto propio de sus funciones.

5. El servidor público que desempeña, simultáneamente, cargos públicos, con superposición horaria.

6. El funcionario público que prevaliéndose de las potestades de su cargo, coloque a sus familiares en puestos públicos.

7. El servidor público que acepte o emita cartas de recomendación, haciendo uso de su cargo, en beneficio suyo o de un tercero, para procurar nombramientos, ascensos u otros beneficios.

¡Importante!
El uso, manejo o administración irregular de bienes y recursos públicos debe denunciarse en la Contraloría General de la República.

¿Qué debe contener la denuncia?

 

1. Una descripción clara, precisa y detallada de los hechos que se denuncian, indicando, si se conoce, los nombres de los posibles responsables.

2. Preferiblemente, el aporte de las pruebas que sustentan la denuncia -documentos y testigos-.

3. Nombre completo y número de cédula del denunciante. ¡Esta información es sólo para uso interno. La identidad del denunciante, de buena fe, es confidencial!

4. Lugar o medio para recibir notificaciones. ¡Si desea conocer el resultado de la denuncia!

Por disposición legal no se dará trámite a las denuncias anónimas, sólo en casos excepcionales podrá abrirse una investigación, si se reciben elementos de prueba suficientes.

¿Cómo puedo denunciar?

 

Puede presentar las denuncias de tres formas: electrónica, escrita y verbal.

De manera electrónica por medio del formulario: Denuncia en línea

De manera escrita:

  • Entrega personal: En la Oficina de Recepción de Documentos de la Procuraduría General de la República.
  • Fax: 2233-7010, 2255-0997 o 2222-5335.
  • Apartado postal: 78-1003 La Corte.

De manera verbal : Asistiendo, personalmente, a las oficinas de la PEP.