PGR-C-033-2025
MUNICIPALIDAD DE MORA. Sobre la figura de la disponibilidad. Improcedencia del rebajo de la compensación económica por disponibilidad, durante las vacaciones, cuando un funcionario municipal se encuentra devengando un salario compuesto mayor al que le correspondería a su categoría bajo la modalidad de salario global. Análisis del Reglamento para el Pago de Compensación por Disponibilidad, Dedicación Exclusiva y Prohibición en la Municipalidad de Mora (ARTS. 1, 5, 8, 20 Y 23).
Por medio del oficio N°AMM-0298-2024 del 09 de mayo del 2024, código interno 4173-2024, el señor Alfonso Jiménez Cascante, alcalde de la Municipalidad del Cantón de Mora, solicitó el criterio de la Procuraduría General, en relación con la siguiente interrogante:
“¿Es procedente el rebajo del rubro de disponibilidad en caso de vacaciones, cuando un funcionario municipal se encuentra con un salario en modalidad de compuesto excluido, es decir, su salario bruto (total) supera el salario global propuesto para el puesto que se ocupa?”
Mediante el dictamen PGR-C-033-2025 del 17 de febrero del 2025, aprobado por el señor Procurador General de la República y suscrito por la Licda. Yansi Arias Valverde, Procuradora adjunta y la Licda. Xitlali Espinoza Guzmán, Abogada de la Dirección de la Función Pública, se concluyó:
“Con fundamento en lo expuesto, esta Procuraduría concluye que resulta improcedente el rebajo de la compensación económica por disponibilidad, durante las vacaciones, cuando un funcionario municipal se encuentra devengando un salario compuesto mayor al que le correspondería a su categoría bajo la modalidad de salario global.
Se recomienda respetuosamente a las autoridades competentes de la municipalidad consultante, que se revise el “Reglamento para el Pago de Compensación por Disponibilidad, Dedicación Exclusiva y Prohibición en la Municipalidad de Mora”, en relación con el tema objeto de consulta, con el propósito de determinar la posibilidad de modificarlo y adaptarlo a la normativa legal vigente”.