Procuraduría General de la República de Costa Rica

C-281-2018. Concesiones mineras. Ministerio de Ambiente y Energía

C-281-2018. Concesiones Mineras. Prórrogas. Evaluación ambiental. Suspensión del canon.

El señor Alexander Moya Carrillo, Auditor Interno del Ministerio de Ambiente y Energía, requiere nuestro criterio sobre lo siguiente:

“La DGGM otorgó en el año 1989 una concesión de explotación en cauce de dominio público por un período de 5 años (en esa época no existía la Secretaría Técnica Nacional Ambiental ni su normativa técnica emitida en el año 1995 con la promulgación de la Ley Orgánica del Ambiente N° 7554); no obstante, en su momento, la empresa concesionada presentó un Estudio de Impacto Ambiental, el cual fue aprobado por la Comisión Gubernamental de control sobre los Estudios de Impacto Ambiental; con lo que, el MINAE le otorgó la concesión por recomendación de la DGGM. Luego, en el año 2015 la Empresa solicitó a la DGGM una prórroga a la concesión. Con base a esos hechos señalados, ¿debió la DGGM con base a la normativa emitida posterior al año 1995 haberle exigido o no al concesionario que realizara un nuevo Estudio de Impacto Ambiental y acatara el cumplimiento de los nuevos requisitos para obtener la Viabilidad Ambiental que otorga la SETENA en acato a la normativa vigente, para que posteriormente pudiera plantear ante la DGGM una prórroga de la concesión? En caso afirmativo, ¿cuál es la norma que lo regula?

2. Si una concesión se encuentra suspendida ¿debe o no la DGGM cobrar el canon al concesionario dada esa característica? ¿Cuál es el fundamento jurídico que faculta al no cobro del canon bajo esas condiciones?

Esta Procuraduría, en dictamen C-281-2018 de 12 de noviembre de 2018, suscrito por la Procuradora Elizabeth León Rodríguez, concluye que:

De existir alguna concesión minera vigente cuyo estudio de impacto ambiental hubiese sido aprobado con la normativa anterior, ésta debe, de igual forma, sujetarse al control y seguimiento ambiental de SETENA. Esa función de control y seguimiento ambiental engloba la evaluación ambiental de las solicitudes de prórroga de esas concesiones, con el fin de determinar la necesidad de actualizar, ampliar o mejorar el estudio de impacto ambiental aprobado con anterioridad, o, incluso, de elaborar nuevos estudios.

En cuanto al pago del canon, éste puede suspenderse cuando, por alguna razón legal, la concesión se encuentre suspendida y no se esté llevando a cabo la explotación permitida, en los términos expuestos. Ver más