C-157-2017 Plan regulador.- mapa de zonificación.- zona especial de protección.
El Lic. Víctor Bulgarelli Céspedes, Procurador Agrario, mediante dictamen C-157-2017 de 4 de julio de 2017, dirigido a la doctora Ana Lidieth Hernández González, Alcaldesa de la Municipalidad de San Isidro de Heredia, contesta que no es procedente en trámites de visado de planos y emisión de usos de suelo por parte de la Municipalidad de San Isidro de Heredia, no aplicar la Zona Especial de Protección demarcada en el Mapa de Zonificación del Plan Regulador del Cantón de San Isidro de Heredia, en aquellos casos donde por parte de la Dirección de Aguas del MINAE se determine que no existe río, quebrada, manantial o toma de agua que requiera de algún tipo de protección especial.
De llegarse a determinar discrepancias entre lo establecido en el Mapa de Zonificación y lo constatable a nivel de realidad en el sitio; puede procederse a realizar una modificación del plan regulador conforme lo faculta el artículo 17, último párrafo, de la Ley de Planificación Urbana, cumpliendo los requisitos ahí dispuestos.