Procuraduría General de la República de Costa Rica

C-091-2019 Funcionarios de confianza en el régimen municipal.

Municipalidad de SanTA CRUZ, FUNCIONARIOS DE CONFIANZA EN EL RÉGIMEN MUNICIPAL, ARTÍCULO 127 CÓDIGO MUNICIPAL. dictamenes relacionados C-131-2005 del 7 de abril del 2005, C-258-2013 del 20 de noviembre del 2013, C-008-2017 del 19 de enero de 2017, C-069-2018 del 16 de abril de 2018, entre otros.

Por medio del oficio AIM-137-2017 de fecha 12 de setiembre del 2017, el Licenciado Álvaro Moreno Moreno, Auditor Interno, de la Municipalidad de Santa Cruz, solicita el criterio de la Procuraduría General, en relación con la siguiente interrogante:

¿Puede el Alcalde Municipal nombrar un funcionario en una plaza de confianza para laborar en un departamento o dependencia municipal distinta de la Alcaldía, del Presidente o Vicepresidente Municipales y de las fracciones políticas que conforman el Concejo Municipal?”

Mediante el dictamen C-091-2019 del 03 de abril de 2019, suscrito por la Licda. Yansi Arias Valverde, Procuradora Adjunta, y la Licda. Xitlali Espinoza Guzmán, Abogada de la Procuraduría, se concluyó:

“No puede el Alcalde Municipal nombrar un funcionario en una plaza de confianza para laborar en un departamento o dependencia municipal distinta de la Alcaldía, del Presidente o Vicepresidente Municipales y de las fracciones políticas que conforman el Concejo Municipal, porque se estaría quebrantando lo dispuesto en el numeral 127 del Código Municipal.”. ver más